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Qué hacer ante los ruidos en el patio de vecinos

Uno de los problemas más comunes para la convivencia en una comunidad de vecinos suele ser el tema de los ruidos, en especial los ruidos producidos por los extractores de aire acondicionado en los patios interiores. En algunos pisos, según su orientación y posición, además de ruidos se producen incluso pequeños derrames de agua o subidas de temperatura a consecuencia de los vapores. Por ello, como administrador de fincas Xirivella, en el día de hoy vamos a informar acerca de qué pasos seguir como vecinos para solucionar este problema, así como cuáles son las funciones del administrador de fincas o el presidente.

Primeras consideraciones

En principio, la instalación de aire acondicionado en patio interior de la comunidad, lo mismo que en la fachada, es una modificación de los elementos comunes, por lo que precisa la autorización de la comunidad, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal. Esa autorización debe hacerse en Junta de comunidad, por unanimidad, de acuerdo con el artículo 17.6 de la LPH.

No obstante, si el problema se ha notificado más tarde o acaba de empezar a residir en esta propiedad, lo primero que puede hacer es hablar con su vecino e intentar solucionar esta molestia por la vía del diálogo.

Hay que intentar agotar esta vía, no obstante, si no consigue solucionar el problema, tiene la opción de llamar a la policía para que mida si su vecino sobrepasa los decibelios permitidos en un momento concreto y tener constancia de ello. Lo segundo sería que hablara con el presidente y le exponga la situación.

Hombre instalando aire acondicionado

Ley de Propiedad Horizontal y Ley del Ruido

Esto se fundamenta en el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal donde se tratan las actividades molestas. En este artículo se indica que:

El Presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.”

En la práctica, como administrador de fincas Xirivella, afirmamos que el administrador también suele intervenir para mediar en el problema e intentar que el vecino ruidoso termine de hacer los ruidos.

La Ley del Ruido establece unos criterios de competencia de cara a determinar los mapas de ruidos aplicables, desarrollados en el Real Decreto 1513/2005, estableciendo a nivel de término municipal, competencias de las Comunidades Autónomas y desarrollado por los Ayuntamientos a través de ordenanza. Son, pues, los responsables de determinar el nivel máximo de ruido a cada uno de ellos y además dos periodos distintos, según sea de día o de noche.

Mujer se tapa del ruido. Debe hablar con administrador de fincas en Xirivella

Dependiendo por tanto del municipio en que se encuentra ubicada nuestra vivienda, el nivel permitido de ruido del aire acondicionado variará. A modo de referencia, la OMS establece como tolerable para una adecuada habitabilidad un máximo de 55 decibelios en horario nocturno.

El periodo diurno suele ser el comprendido entre las 08:00 y las 22:00 horas, y el periodo nocturno el comprendido entre las 22:00-08:00 horas, pero teniendo en cuenta la competencia municipal al respecto, hay que estar al tanto de lo que establezca la propia ordenanza municipal al respecto o, a falta de ordenanza municipal de desarrollo, la norma autonómica.

Actuación del presidente y administrador de fincas

Haciendo uso de la facultad que confiere a los propietarios el artículo 16.2 de la LPH, puede dirigir un escrito al Presidente en el que solicite que se incluya en el orden del día de la próxima Junta un punto sobre las molestias causadas por los aparatos de aire acondicionado en patio interior y decisiones a tomar.

En todo caso, si la comunidad decidiera no intervenir en este tema, usted como afectado podría interponer una denuncia administrativa ante el ayuntamiento por ruidos.

Independientemente de que en Junta de comunidad se tome un acuerdo, incluso por unanimidad, si tal acuerdo infringe una norma urbanística, sería una decisión nula, por no ajustarse a derecho. Por ello es importante tener en cuenta, además de los aspectos legales que influyen en el nivel de ruido de un aire acondicionado, las normativas municipales que le afectan.

El administrador de fincas Xirivella tiene que recurrir a la vía judicial

Por tanto, en estos casos, los vecinos que se sientan perjudicados por las vibraciones, los ruidos o los focos de calor que emita el aparato de aire acondicionado, o cualquier otro sonido, podrán interponer una denuncia por ruidos en el Ayuntamiento, donde abrirán expediente sancionador en caso de que se incumpla la normativa municipal al respecto. Si con esta vía tampoco obtiene resultados, no quedaría más remedio que la vía judicial.

Por ello conviene, antes de acudir a los Juzgados, utilizar la vía administrativa, denunciando ante el Ayuntamiento las molestias producidas. Esta posibilidad es más rápida y más barata, y permite, además, reunir pruebas que puedan aportarse al procedimiento judicial posterior. A este respecto, conviene documentar la denuncia con fotografías sobre la situación de los acondicionadores y solicitar a la Policía municipal la medición de los ruidos que generen.

En cualquier caso, como administrador de fincas Xirivella, no dudes en contactar con nosotros si tienes alguna duda.

Quién puede ver las cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos

La existencia de cámaras de seguridad en una finca o en una comunidad de vecinos les permite a estos vivir con comodidad y seguridad. Es una buena forma de evitar robos o destrozos o, en caso de que se produzcan, las cámaras permitirán identificar a los autores de dichos delitos. Pero, ¿quién tiene acceso a las grabaciones de esas cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos? ¿El presidente? ¿El administrador de fincas? ¿Todos los vecinos? Te lo explicamos.

Quién tiene acceso a las cámaras de seguridad y cuándo

Como en muchos ámbitos, las grabaciones de las cámaras de seguridad deben estar sometidas en todo momento a un tratamiento legal que proteja a los vecinos y demás personas de un uso no autorizado o ilícito, para proteger así su imagen y honor.

Una de las cámaras de seguridad en una comunidad de vecinos

Para empezar, debemos saber que para poder solicitar tales cintas en una comunidad de vecinos, deben haber sido los mismos propietarios junto con el presidente los que determinen qué personas pueden solicitar el visionado de las imágenes grabadas por dichas cámaras. Y, una vez esté determinado, cualquier vecino podrá solicitar la grabación, pero es necesario que antes exista una denuncia.

Es decir, a no ser que se haya producido algún delito o que una investigación requiera las grabaciones de las cámaras de seguridad, no se podrá ver el contenido de estas. Así, si se produce un delito en una comunidad de propietarios, la persona afectada, ya sea vecino o no, puede solicitar las grabaciones, siempre con previa denuncia. Esto es extrapolable a aquello que ocurra en la vía pública, cuya regulación no es la misma que en comunidades de vecinos (uso privado).

Una vez exista la denuncia, será la policía encargada de la investigación quien proceda al visionado de las grabaciones, para así determinar quién es el autor del delito y proceder a su sanción.

Policías viendo las grabaciones de las cámaras de seguridad

¿Puede un vecino solicitar las grabaciones?

Sí. Cualquier vecino o persona afectada por el delito cometido dentro de la zona de videovigilancia puede solicitar las grabaciones, pero, como decíamos, siempre con denuncia previa. Esto no significa que pueda verlas. Además, deberá tener conocimiento de dicha denuncia y posible visionado el presidente de la comunidad o persona designada por los propietarios en votación, ya que será quien tenga acceso mediante usuario y contraseña o esté en contacto con la empresa de seguridad que ha colocado las cámaras.

No es el caso de las cámaras que emiten la grabación en directo, cuyo contenido es visualizado en vivo por el personal de seguridad.

Esto es así porque la ley protege la intimidad de las personas que aparecen en la grabación.

Qué debemos tener en cuenta para la instalación de las cámaras de seguridad

El primer paso para colocar cámaras de seguridad en la comunidad es contar con el apoyo y aceptación de la mayoría de los propietarios, de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal, que hace posible la instalación de dichas cámaras o la supresión de las mismas. De acuerdo con esto, el presidente de la comunidad necesitará haber obtenido el quórum necesario: tres quintas partes de los votos a favor de los propietarios (un 60% de los vecinos del bloque o finca).

Vecinos firmando un acta

El segundo paso es colocar en los distintos accesos a la zona videovigilada, y en lugar visible, uno o varios carteles que informen de que se accede a una zona videovigilada. El cartel indicará de forma clara la identidad de la comunidad de propietarios como responsable de la instalación, ante quién y dónde dirigirse para ejercer los derechos que prevé la normativa de protección de datos, y dónde obtener más información sobre el tratamiento de los datos personales.

Dónde pueden instalarse

Así, dichas cámaras de seguridad solo podrán registrar imágenes de zonas comunes. En ninguno de los casos las cintas podrán ser grabadas en la vía pública ni en espacios privados de la comunidad de vecinos, como viviendas o baños comunes si los hay. Esto no quita que los vecinos contraten por su cuenta este sistema de seguridad para sus hogares.

Parking de una comunidad de vecinos

En cualquier caso, si tienes dudas sobre dónde instalar dichas cámaras de seguridad o necesitas ver el contenido de las mismas, en Pérez Administradores damos cumplimiento a todos los acuerdos adoptados en Juntas y asesoramos a tu comunidad de vecinos o finca sobre este y cualquier punto relacionado con ella.

 

¿Es Obligatorio ser Presidente de tu Comunidad de Propietarios?

Si te has preguntado alguna vez si es obligatorio ser presidente de la comunidad de propietarios este artículo será de gran importancia para ti. Podrás conocer de forma detallada por qué es importante la elección del presidente en tu comunidad propietarios, cuáles son sus funciones o qué pasa si no quieres ser presidente.

Ley de propiedad horizontal ¿de qué trata?

La LPH Ley de Propiedad Horizontal es una legislación de España donde se establecen cada uno de los derechos y deberes de cada comunidad de propietarios y zonas residenciales privadas. Se considera propiedad horizontal los locales o pisos de un edificio utilizados de forma independiente, pero poseen elementos comunes entre sí. Un edificio de varios pisos, cuenta con viviendas individuales y privadas, sin embargo, todos sus habitantes utilizan el mismo ascensor, escaleras, entre otros.

Funciones del Presidente de la comunidad de vecinos

Esta ley establece en su artículo 13 que “el presidente será nombrado, entre los propietarios, mediante elección o, subsidiariamente, mediante turno rotatorio o sorteo”. Es decir, todo propietario de pisos perteneciente a una comunidad es un posible candidato a la presidencia de la misma.

Es frecuente que en los estatutos se establezcan algunos eximentes para ser presidente, como no residir en la finca o haber superado una determinada edad. El cargo de presidente de la comunidad es personal y no se puede delegar en otra persona, salvo en un copropietario del inmueble.

La Ley de Propiedad Horizontal contempla un procedimiento judicial al que se puede recurrir para que se produzca una nueva designación. Lo habitual es no llegar a esta vía y en el momento, la persona designada ejerza el derecho de exponer las dificultades que le impidan desempeñar el cargo. 

¿Cuáles son las funciones del Presidente de la comunidad de propietarios?

-Ejercer la labor del Presidente de Fincas y Secretario

El artículo 13 de la LPH establece lo siguiente: «Las funciones del secretario y del Administrador serán ejercidas por el Presidente de la comunidad, salvo que los Estatutos o la Junta de propietarios por acuerdo mayoritario, dispongan la provisión de dichos cargos separadamente de la presidencia».

-Organizar Juntas de Propietarios

Otra de las funciones del presidente de la comunidad de propietarios es indicar el día, fecha y hora en que se celebrarán las juntas de vecinos. En estas reuniones se podrán acordar proyectos anuales, peticiones de los vecinos, sugerencias e incluso dirigir la reunión y asegurarse de la productividad de la misma. Asimismo, el presidente de la comunidad se encargará de redactar y finiquitar las actas de juntas de propietarios, en conjunto con el secretario dentro de los primeros diez días siguientes al finalizar la reunión.

-Solicitar la suspensión de cualquier actividad incómoda

Además, el presidente de la comunidad de propietarios podrá suspender o prohibir cualquier actividad molesta, ruidosa o que incomode a los vecinos. Por ejemplo, dejar la basura fuera de los lugares destinados para ello, fumar o beber en espacios comunes, entre otros. Es responsabilidad única y exclusiva del presidente velar por el cumplimiento del orden y las normativas, ya sea por solicitud de los vecinos o voluntad propia.

-Ser figura legal en la contratación de obras o servicios

El presidente de la comunidad de vecinos se responsabiliza, en conformidad con la asociación de propietarios, velar por el cumplimiento de los contratos elaborados para diversos servicios como: limpieza, ascensor, jardinería, vigilancia, seguridad, entre otros. Además, deberá realizar contrataciones adicionales por eventualidades como: tuberías rotas, servicios de cerrajería, fallos en servicios de Internet, telefonía, entre otros.

-Solicitar el pago obligatorio de deudas

El presidente debe verificar de forma recurrente el estado de las deudas. De esta manera, podrá determinar con exactitud el monto de las deudas y solicitar a aquellos propietarios morosos los pagos pendientes. Incluso, el presidente podrá solicitar de forma judicial el pago de estas deudas. Deberá aprobar y revisar cada una de las comunicaciones dirigidas a los propietarios deudores.

-Representar de forma legal a la comunidad de propietarios

La comunidad de propietarios no puede figurar como persona jurídica ni ser representada por un administrador de fincas. Es necesario que el presidente sea quién represente ante cualquier acción judicial.

Comunidad de propietarios reunidos

Pérez Administradores: la mejor alternativa para gestionar tu comunidad de propietarios

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Administradora de Comunidades de Propietarios